Se aprueba una nueva Ley que regula la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas dentro de la empresa
- 01 marzo 2023
- Asesoría
Se ha aprobado la Ley 2/2023, del 20 de febrero reguladora de la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y la lucha contra la corrupción.
La finalidad de esta Ley es la de posibilitar que las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves que puedan suponer perjuicios económicos por la Hacienda Pública o la Seguridad social, puedan comunicarlas mediante un Sistema de información, o “buzón”.
Las empresas o entidades públicas y privadas tienen que configurar un sistema, canal o buzón de denuncia o información, que cumpla determinados requisitos, entre los cuales ser de fácil utilización y que garantice la confidencialidad de los datos y del informante. Así mismo será indispensable el nombramiento de un responsable para la gestión del Sistema de información, que podrá ser interno, o bien encargárselo a un tercero externo, que será considerado a todos los efectos encargado del tratamiento (RGPD).
El tratamiento de los datos personales derivado de la utilización de estos canales de denuncia, tendrá que dar cumplimiento a la normativa sobre Protección de Datos Personales, Reglamento (UE) 2016/679, y LO 3/2018, de 5 de diciembre, a la vez que preserve el anonimato del informante.
¿Quién está obligado a disponer de un Sistema interno de información en el sector privado?
• Autónomos o personas jurídicas a partir de 50 trabajadores. En el caso de personas jurídicas dedicadas a servicios, productos y mercantes financieros o blanqueo de capitales, tendrán que disponer de este Sistema de información independientemente del número de trabajadores que tengan, y se regula por su normativa específica.
• Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, y las fundaciones que, creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen hasta públicos.
• De manera voluntaria, personas jurídicas de menos de 50 trabajadores.
• Todas las entidades de Derecho Público están obligadas a contar con un sistema interno de información.
La finalidad de la norma es proteger a los informantes y en el caso concreto de los empleados que informan de estas irregularidades se prohíbe expresamente:
• El despido, suspensión del contrato, la no renovación o la resolución anticipada del mismo.
•Imposición de medidas disciplinarias, denegación de ascensos o cualquiera otra modificación de las condiciones de trabajo, denegación de permisos de formación, intimidaciones, etc.
Para ampliar la información podéis contactar con:
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