La aprobación del Real Decreto 99/2023, del 15 de febrero, publicado en el BOE, establece el nuevo salario mínimo interprofesional para el 2023.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la mínima retribución que un trabajador tiene que cobrar para hacer un trabajo de acuerdo con las leyes, para cualquier actividades, a la agricultura, a la industria y a los servicios, sea cual sea su trabajo, edad de los trabajadores o sexo.
El Gobierno ha tomado la decisión de incrementar el Salario Mínimo Interprofesional en un 8% respecto al SMI establecido el 2022, pasando de los 1000 euros actuales a los 1.080 euros brutos/mes, distribuidos en 14 pagas anuales o 36 euros/día, según si el salario está fijado por días o por meses.
Por las personas trabajadoras eventuales y temporeros/as: la cuantía del salario profesional no puede resultar inferior a 51,15 euros por jornada legal a la actividad.
En cuanto a los empleados del hogar: será de 8,45 € por hora efectivamente trabajada.
Estas nuevas cantidades de este Real Decreto serán de aplicación durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, en consecuencia, las empresas tendrán que regularizar con carácter retroactivo desde el 1 de enero las diferencias correspondientes en los casos en que resulte de aplicación.
Cuantía
El Salario Mínimo Interprofesional queda fijado en 36 euros diarios o 1.080 euros brutos al mes distribuidos en 14 pagas.
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