Se amplían los requisitos para acogerse a unas ayudas al alquiler de la Agència Catalana d’Habitatge
- 08 junio 2020
- Asesoría
La Agència Catalana d’Habitatge ha ampliado los supuestos para poder acceder a unas ayudas directas para pagar un máximo de 6 mensualidades de alquiler de abril a septiembre.
¿A quién van destinadas estas ayudas?
- Familias con gastos de alquiler y los suministros básicos que superen el 35% de sus ingresos*.
- Estar en paro o bien haber sufrido un ERTE o un recorte de sueldo a consecuencia del COVID-19.
- Alquiler no superior a 900 euros.
¿A qué se puede destinar la ayuda?
- Pagar la cuota mensual del alquiler.
- O bien cancelar los microcréditos que la familia haya pedido.
¿Cuál es la cuantía máxima de estas ayudas?
- Barcelona ciudad y su demarcación: 750 euros.
- Demarcaciones de Girona y Tarragona: 500 euros.
- Demarcaciones de ley: 450 euros.
- Tierras del Ebro: 350 euros.
Las solicitudes se concederán por orden de entrada en el registro.
Para gastos superiores al 35% de los ingresos: es necesario que la persona solicitante sea titular de un contrato de alquiler, que la vivienda constituya su domicilio habitual y que, debido al COVID-19, se encuentre en una situación
sobrevenida de vulnerabilidad económica que pueda acreditar.
¿Cuáles son los requisitos de los ingresos?
- Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar, en el mes anterior a la solicitud de la ayuda, no sean superiores a 1.613,52 euros mensuales.
- No obstante, este máximo se amplía a 2.151,36 euros mensuales cuando la unidad familiar, compuesta por los cónyuges y sus descendientes bajo tutela que conviven juntos, tenga a su cargo algún miembro con una discapacidad reconocida igual o superior al 33% (intelectual) o al 65% (sensorial o física) o con una enfermedad grave que le incapacite para trabajar.
- Si es la persona deudora principal quien sufre esta discapacidad, el límite de ingresos aumenta hasta los 2.689,20 euros mensuales. Además, estos ingresos máximos se podrán incrementar en 53,78 euros por cada hijo a cargo o en 80,67 euros por hijo, si la familia es monoparental.
- Además de los requisitos económicos de la unidad familiar, es necesario que la renta de alquiler, más los gastos y suministros básicos de la vivienda (luz, gas, gasóleo para la calefacción, agua, telefonía y cuota de la comunidad) igual o superior al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.
También es necesario que el importe mensual del alquiler sea como máximo de 900 euros (incluidos la renta, sus retrasos, el impuesto de bienes inmuebles (IBI), la tasa por el servicio de recogida de basuras y los importes correspondientes a la repercusión de las obras de mejora).
¿Cuál es el plazo para pedir las ayudas?
Las personas interesadas pueden solicitar la ayuda hasta el 30 de septiembre de 2020.