Presentación del modelo 720: declaración de bienes y derechos en el extranjero
- 13 enero 2025
- Asesoría
¿Tienes bienes o derechos en el extranjero? Te recordamos la obligación de declararlos mediante el modelo 720 antes del 31 de marzo de 2025. A continuación, te explicamos todos los requisitos para cumplir correctamente con esta declaración informativa.
¿Quién tiene obligación de presentar el modelo 720?
Todas las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español que, a 31 de diciembre de 2024 (o en cualquier momento del mismo año), hayan estado en alguna de estas situaciones:
- Cuentas bancarias en el extranjero: Titulares, representantes, autorizados, beneficiarios o personas con poder de disposición sobre cuentas corrientes en entidades financieras ubicadas fuera de España.
- Valores, derechos, seguros y rentas: Titulares de valores, derechos, seguros de vida o invalidez y rentas vitalicias o temporales depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero.
- Bienes inmuebles: Titulares de bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos situados en el extranjero.
¿Qué bienes y derechos deben declararse?
Además, estarán obligadas a presentar la declaración quienes cumplan con los siguientes criterios de cuantía:
- Bloque 1: Cuentas en el extranjero con saldos a 31/12/2024 o saldo medio del último trimestre del año superiores a 50.000 euros.
- Bloque 2: Valores, derechos, seguros y rentas en el extranjero cuyo valor a 31/12/2024 sea superior a 50.000 euros.
- Bloque 3: Bienes inmuebles y derechos sobre estos situados en el extranjero con un valor superior a 50.000 euros.
¿Cuándo se debe presentar la declaración?
La declaración del Modelo 720 correspondiente al ejercicio 2024 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025.
Si por razones técnicas no fuera posible presentar la declaración dentro del plazo reglamentario, la Agencia Tributaria permite realizarla en los cuatro días naturales siguientes a la finalización del plazo.
Si hice la declaración en ejercicios anteriores, ¿tengo que volver a presentar el Modelo 720?
Será obligatorio volver a realizar la declaración respecto al año 2024 cuando los saldos o valores de los bienes y derechos declarados en la última declaración hubieran experimentado un incremento de valor superior a 20.000 euros.
Asimismo, deberá realizarse la declaración cuando durante 2024 se haya perdido la condición de titular, autorizado, representante o beneficiario de las cuentas, valores o inmuebles declarados en la declaración anterior.
¿Tienes dudas sobre la presentación del modelo 720?
En CINC Asesoría contamos con un equipo de expertos fiscalistas para resolver tus dudas ante cualquier obligación tributaria. Para aclarar cualquier cuestión relacionada con el modelo 720, no dudes en contactar con nuestro Departamento Fiscal.