La AEPD multa con 365.000 euros a una empresa española por hacer fichar a sus empleados con huella dactilar
- 12 abril 2024
- Asesoría, Protección de Datos
La Agencia Española de Protección de Datos actualizó su normativa a finales del año pasado para establecer que las empresas no puedan registrar el control horario de sus empleados fichando con datos biométricos, como, por ejemplo, la huella dactilar, reconocimiento facial o de otra manera.
En su lugar, las empresas deberán utilizar sistemas de tarjetas, códigos o aplicaciones móviles. A pesar de que en 2007 este tipo de fichaje estaba permitido, las empresas ya no pueden justificar la recopilación de esta información para registrar la hora de salida y entrada de sus empleados.
¿Es ilegal fichar con datos biométricos?
El fichaje con información biométrica no es del todo ilegal, pero la implementación de medidas de seguridad para la recopilación de estos datos es muy costosa y debe contar con un análisis de riesgos adecuado. Por tanto, para poder seguir recopilando datos biométricos las empresas deben implementar sistemas adicionales de seguridad y nuevos procedimientos de almacenaje y mantenimiento. Además, para poder llevarlo a cabo es necesario que la empresa lo justifique debidamente.
¿Qué multas por incumplimiento de Protección de Datos se han aplicado?
El Reglamento actual determina diferentes tipos de sanción, en función del nivel de gravedad:
• 200.000 euros por incumplimiento del artículo 13, en referencia a la información que la empresa.
• 100.000 euros por incumplimiento del artículo 35 del Reglamento, sobre la evaluación del impacto de la recolección de datos, al no incluir esta información dentro de una categoría especial.
• 65.000 euros por incumplimiento del artículo 32, dado que la empresa llevó a cabo las medidas de seguridad adecuadas durante el proceso de tratamiento y almacenamiento de datos recogidos (se guardaba la información de la huella digital junto a otra información de los empleados que no se eliminaba).
A pesar de la multa, la AEPD ha concedido a la empresa un plazo de seis meses para corregir esas deficiencias. A pesar de la dureza de la multa, no se trata de una sanción firme y la empresa puede recurrirla ante la audiencia nacional.
Para más información relativa a sistemas de fichaje y seguridad de los empleados, ponte en contacto con nuestro Departamento de Protección de Datos.