El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado el aplazamiento de tasas y tributos municipales con motivo de la declaración de estado de alarma por el COVID-19. De este modo, el calendario fiscal 2020 queda modificado en los siguientes términos:
Impuesto de bienes inmuebles (IBI)
a) Recibos domiciliados (pago en cuatro plazos):
1ª fracción: 3 de marzo
2ª fracción: 3 de julio
3ª fracción: 3 de septiembre
4ª fracción: 3 de diciembre
b) Recibos no domiciliados (pago anual): del 1 de marzo al 3 de julio, ambos inclusive.
c) Fecha de pago padrón electrónico: 3 de julio.
Tasa de terrazas
Los recibos no pagados quedarán anulados y todas las cuotas se girarán de nuevo en el mes de octubre, con el correspondiente descuento de los recibos de 2020 por el tiempo que las terrazas han cerrado con motivo de la declaración de estado de alarma.
Los contribuyentes que ya hayan pagado el recibo de 2020, tendrán que solicitar la devolución del periodo de cierre por estado de alarma.
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
a) Recibos domiciliados: 3 de julio
b) Recibos no domiciliados: del 15 de abril al 3 de julio, ambos inclusive.
c) Fecha de pago padrón electrónico: 3 de julio
Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía)
Los plazos para obtener la autoliquidación calculada son:
Actos inter vivos:
30 días hábiles a partir de la fecha de transmisión.
Actos mortis causa:
6 meses a partir de la fecha de fallecimiento (herencias), o 12 meses si se ha pedido prórroga dentro de los 6 primeros meses.
Se prorrogará hasta el 3 de julio los plazos de pago de las autoliquidaciones con periodo voluntario de pago y fecha final de pago posterior al 18 de marzo.
Apertura de la Oficina Tributaria Virtual
Recordamos que la atención presencial en el Instituto Municipal de Hacienda está cerrada por el cumplimiento del decreto de alarma. Para resolución de dudas, se ha creado una oficina tributaria virtual para resolver las dudas de la ciudadanía a través de la página web de Hacienda.