Crecen las multas por falta de seguimiento y control en los planes de igualdad. El 7 de marzo de este año empezó esta obligatoriedad para empresas de más de 50 trabajadores.
Esta obligación ha hecho que aumente el número de planes inscritos en el registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, a pesar de que hay compañías que tan solo han dado el primer paso después de la negociación oportuna con los representantes de los trabajadores.
Los expertos alertan de los problemas legales que tienen empresas que limitan su acción a este trámite: han ser implementados y se tiene que hacer un seguimiento de estos.
Esto podría suponer sanciones impuestas por la Inspección de trabajo que van de los 7.501€ hasta 225.018€, multas que ya están confirmando los jueces de lo social ante recursos presentados por diferentes compañías castigadas.
Por otro lado, recordamos que anualmente se tiene que hacer un Registro retributivo o salarial.
¿Qué es el Registro salarial?
El registro salarial o retributivo es un documento donde tienen que constar todos los salarios de los empleados de una empresa, independientemente de su tamaño, desglosado por sexo, la media aritmética y la media del que se ha realmente percibido por cada concepto según el grupo profesional, categoría profesional, nivel o puesto de trabajo, incluyendo los altos cargos y personal directivo.
Tiene que incluir salario base, cada uno de los complementos y las percepciones extrasalariales.
El registro salarial de igualdad retributiva entre hombres y mujeres entró en vigor el 14 de abril de 2021, fecha de aplicación de Real decreto ley 902/2020.
El registro salarial tiene validez de un año natural, y se tiene que actualizar cuando se produzcan cambios.
Para recordar en que consiste y que se tiene que incluir, podéis leerlo
aquí.
933 03 060 (Barcelona)
972 505 100 (Figueres)
972 940 940 (Girona)