Nuevas tasas de IVA en alimentos básicos que entran en vigor el 1 de octubre de 2024
- 19 septiembre 2024
- Asesoría
A partir del 1 de octubre de 2024, se aplicarán nuevas tasas de IVA del 7,5% y del 2% a ciertos productos, en virtud del Real Decreto-ley 04/2024, aprobado el 26 de junio. Esta normativa extiende algunas medidas para hacer frente a los impactos económicos y sociales de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, e introduce cambios urgentes en los ámbitos fiscal, energético y social.
¿A qué productos se aplica el cambio del iva del 1 de octubre y hasta cuándo?
La medida afecta a la reducción temporal del IVA sobre alimentos básicos, que estaba en vigor hasta el 30 de septiembre de 2024. Hasta esa fecha, los alimentos de primera necesidad y el aceite de oliva disfrutan de un IVA del 0%, mientras que productos como pastas alimenticias y aceites de semilla tienen una tasa del 5%. Sin embargo, desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024, estas tasas aumentarán: el IVA sobre las pastas y aceites de semilla subirá al 7,5%, y el de los alimentos esenciales y aceite de oliva se establecerá en el 2%.
En paralelo, también se modificarán los recargos de equivalencia: del 0,62% al 1% para productos como pastas y aceites de semilla, y del 0% al 0,26% para alimentos de primera necesidad y aceite de oliva.
Por otro lado, desde el 1 de enero de 2025 el aceite de oliva será considerado como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4 por ciento.
Foto: https://www.lamoncloa.gob.es/
Te recomendamos consultar el texto completo del BOE o descargarse la lista de tipos de IVA que pone a nuestra disposición la Agencia tributaria.
Si tienes cualquier duda, puedes contactar con nuestro Departamento Fiscal de CINC Asesoría.