Modelo 721: nueva declaración informativa para criptomonedas
- 28 febrero 2024
- Asesoría
El 29 de julio de 2023 se publicó en el BOE la Orden HFP/886/2023, que aprueba el modelo 721, también conocido como «Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero».
A continuación, se detallan los obligados a presentar dicha declaración:
¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 721?
Están obligados a presentar el modelo 721 las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, entre otras entidades, que sean titulares de monedas virtuales en el extranjero, o respecto de las cuales tengan la condición de beneficiarios, autorizados u ostenten el poder de disposición, custodiadas por entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, siempre que el importe en su conjunto supere los 50.000 euros a 31 de diciembre de 2023.
Además, esta obligación también se extiende a quienes hayan sido titulares, autorizados, o beneficiarios de las citadas monedas virtuales, o hayan tenido poderes de disposición sobre las mismas, y que hubieran perdido dicha condición a 31 de diciembre de ese año. En estos supuestos, la información a suministrar será la correspondiente a la fecha en la que dicha extinción se produjo.
¿Cuándo se entiende una moneda virtual situada en el extranjero?
Las monedas virtuales se entenderán situadas en el extranjero cuando la entidad que las custodie proporcionando servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir dichas monedas no estuviera registrada en el Banco de España.
En el siguiente link del Banco de España, puede consultarse la localización de los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por fiduciaria y/o custodia de monederos electrónicos registrados en el Banco de España.
¿Qué contenido se debe presentar en el nuevo modelo 721?
• Datos generales del declarante
• Información sobre la persona o entidad que gestiona las claves criptográficas privadas: nombre, domicilio y/o sitio web.
• Detalles de cada tipo de moneda virtual y la plataforma de negociación o sitio web asociado.
• Saldo de cada tipo de moneda virtual expresado en unidades y su valor en euros. En caso de cese de la obligación de declarar antes del 31 de diciembre, se debe proporcionar la información correspondiente a la fecha de cese.
¿Cuál es el plazo de entrega?
El modelo 721 deberá ser presentado dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024.
Para más información, no dudes ponerte en contacto con el Departamento Fiscal de CINC Asesoría.